BUENOS AIRES, lunes 21 de julio de 2008. – Diario La Prensa

El Dr. Diego Santilli, Vicepresidente 1º de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Dr. Aldo Álvarez, Presidente de la Asociación de Aseguradores Argentinos (ADEAA), firmaron un convenio marco de colaboración mutua a fin de prevenir y reducir los accidentes de tránsito en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
En el mismo se comprometieron a proveer los medios necesarios para concientizar a la población de la importancia de la reducción de los accidentes en la circulación vial con el fin de evitar la pérdida innecesaria de vidas humanas y bienes materiales que lamentablemente se advierten a diario. Así como también establecieron qué es prioridad de la Ciudad de Buenos Aires la implementación de campañas de prevención de accidentes de tránsito y educación vial en distintos ámbitos.
Para el legislador Santilli, “Para nosotros es muy importante continuar con el marco de lo que venimos haciendo desde la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires con la Ley de Scoring y con el convenio firmado con la Asociación Civil Luchemos por la Vida, que al igual que este convenio con ADEAA tiene por objetivo contribuir a un cambio de la cultura y las prácticas de los ciudadanos en materia de circulación vial para que tengamos una mejor calidad de vida.”
En tanto el titular de ADEAA, sostuvo que “Este convenio refuerza el objetivo de las compañías de seguros de generar conciencia a través de la educación, de la necesidad de disminuir la altísima cifra de accidentes de autos que sufre el país.  Queremos que nuestra Asociación sea utilizada como un puente que amplíe la interacción entre la Legislatura y el sector asegurador, haciéndolo abarcativo a todas las empresas y organizaciones que lo incluyen”.
A partir de este convenio, ambas instituciones realizarán eventos, seminarios, cursos y otras actividades que ayuden a difundir las normas vigentes en materia de tránsito y transporte y conductas preventivas de accidentes viales. A su vez, acordaron proponer modificaciones e incorporaciones a los programas curriculares de educación vial implementados en el ámbito escolar de acuerdo a lo establecido por la ley 2297 y realizar campañas publicitarias de seguridad vial.
Además, ADEAA se comprometió a facilitar toda la información nacional e internacional a la que tuviere acceso, así como la concurrencia de expertos extranjeros que puedan transmitir las experiencias en otros países respecto a las medidas implementadas para reducir los accidentes de tránsito.

Acerca de ADEAA
ADEAA (Asociación de Aseguradores Argentinos) surge como una necesidad para las Compañías de Seguros de capital nacional de tener una representación institucional frente a los poderes públicos, medios de prensa, y en general frente a la comunidad de asegurados, productores y demás personas vinculadas a nuestra actividad.
Luego de los sucesos de fines de 2001, resultó evidente la diferenciación que existe en materia de políticas aseguradoras entre las empresas que pertenecen a grupos internacionales, para los cuales la operación argentina es una más de sus operaciones mundiales y los aseguradores radicados en el País, para quienes la suerte de sus empresas está inexorablemente ligada a la suerte que tengamos como Nación.
ADEAA está abierta a todo tipo de entidades aseguradoras, sean cooperativas, mutuales o anónimas; sean privadas o públicas, sean nacionales o extranjeras; pero sus postulados tienen un fuerte contenido nacional y privado.

En la Ciudad de Buenos Aires a los 21 días del mes de julio de 2008, se reúnen el Señor Vicepresidente 1º de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Diego Santilli, y el Señor Presidente de la Asociación de Aseguradores Argentinos (ADEAA), Dr. Aldo Álvarez, cuya personería surge de la documentación adjunta, y resuelven :

  • Que resulta de interés de las partes firmantes realizar en forma conjunta acciones tendientes a promover la seguridad vial a fin de prevenir y reducir los accidentes de tránsito en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
  • Que en pos de ese objetivo resulta necesario arbitrar los medios conducentes para concientizar a la población de la indudable importancia que implica la reducción de los accidentes en la circulación vial a fin de evitar la pérdida innecesaria de vidas humanas y bienes materiales que lamentablemente se advierten a diario.
  • Que es prioridad de la Ciudad de Buenos Aires la implementación de campañas de  prevención de accidentes de tránsito y educación vial en distintos ámbitos;
  • Que ADEEA, como entidad representativa del mercado asegurador, se encuentra en capacidad de colaborar en el cumplimiento de dicho objetivo, propiciando y ejecutando cursos de acción que tiendan a alcanzar tal fin;

Por ello ACUERDAN:

PRIMERO: Vincularse por medio de este Convenio Marco de Cooperación en el marco de los fundamentos expresados en los considerandos precedentes.
SEGUNDO: Las partes se comprometen a desarrollar las siguientes actividades conjuntas para promover la seguridad vial y la prevención de accidentes de tránsito:
a) Realizar eventos, seminarios, cursos y otras actividades que ayuden a difundir las normas vigentes en materia de tránsito y transporte y conductas preventivas de accidentes viales.
b) Proponer modificaciones e incorporaciones a los programas curriculares de educación vial implementados en el ámbito escolar de acuerdo a lo establecido por la ley 2297.
c) Implementar campañas publicitarias de seguridad vial tendientes a lograr los objetivos que inspiran el presente convenio.
d) A los fines expuestos, ADEAA se compromete a facilitar toda la información nacional e internacional a la que tuviere acceso, así como la concurrencia de expertos extranjeros que puedan transmitir las experiencias habidas en otros países respecto a las medidas implementadas para reducir la siniestralidad vial.
TERCERO: Las actividades que se realicen en cumplimiento del presente convenio serán instrumentadas mediante actas particulares donde se establecerá, entre otros aspectos, los aportes a cargo de cada una de las partes firmantes.
CUARTO: Por acuerdo de los firmantes se podrán establecer otras formas de colaboración que se incorporarán como Anexos al presente Convenio Marco.
QUINTO: Asimismo, las partes manifiestan que la colaboración recíproca que inspira el presente Convenio, podrá abarcar otros temas de interés común  en cuyo caso lo que se acuerde será incorporado como Adenda.
SEXTO: El presente Convenio entrará en vigor al momento de su firma y tendrá vigencia por el plazo de dos años, renovables por acuerdo de partes.
SÉPTIMO: Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente Convenio, comunicándolo por escrito a la otra con un plazo de antelación de dos meses.

Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.